Periódico zonal del Barrio de Liniers para la Comuna 9
April 25, 2024 4:24 pm
Cosas de Barrio

QUÉ SE DEBE HACER Y QUÉ NO DE UN LADO Y DEL OTRO DE LA PANTALLA

La Ciudad estableció un protocolo para el dictado de clases a distancia

Por la Lic. Vanesa Aichino (*)

La suspensión de clases efectivizada el 16 de marzo último cambió la rutina de las familias, como así también la de los trabajadores de la educación, sea cual fuere el nivel formativo. Idas y vueltas, marchas y contramarchas, planificaciones y replanificaciones, devenir de situaciones impensadas, inaugurales. Está claro: se trata de un momento inédito para el cual nadie estaba preparado.

Los docentes aprendiendo el uso de programas y plataformas educativos para acortar distancias y acercar los contenidos a través de videollamadas y videoconferencias; familias aprendiendo a la par de los maestros para sostener estas clases no presenciales. A esto se le sumaba la escasez de dispositivos informáticos y la falta de conectividad tanto en los maestros como en los hogares. Pocas computadoras o netbooks, sin wifi libre, la economía familiar se vio afectada. Aumento de carga de datos en los celulares, cambio de planes para acceder a más gigas, etc. Aunque demandan un mayor uso de los celulares, las clases a través de videoconferencias fueron acrecentándose día a día para intentar asegurar la continuidad pedagógica.

Pero además, tampoco existía un marco regulatorio, ya que hasta entonces nunca había sido necesario. De allí que el 25 de junio se dictaminó la Resolución de Firma Conjunta N° 2/GCABA-CDNNYA/20 llamada “Pautas para el uso responsable de ambientes educativos, mediados por el uso de la tecnología” y el “Protocolo para Actividades Educativas Remotas” suscripta por el Ministerio de Educación y el Consejo de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.

Las “Pautas para el uso responsable de ambientes educativos, mediados por el uso de la tecnología” apuntan a la ciudadanía digital y la seguridad informática. Establecen la necesidad de proteger a los alumnos ante los posibles riesgos que puedan surgir en los espacios digitales fijando instancias para la convivencia virtual. La información que está en la web asociada con los nombres de las personas forma parte de la biografía digital y, como tal, es necesario que los adultos conversen con los menores sobre qué datos brindar en ella sin exponerse a riesgos. Como dice un nuevo adagio: lo que se comparte, es de acceso público y se deja de ser dueño. Se deben conocer las características técnicas mínimas de las herramientas que se utilizan en la web con fines educativos, para configurar los niveles de privacidad. Promueve el diálogo por parte de los docentes y adultos responsables sobre cómo deben relacionarse los alumnos y alumnas con sus pares y los adultos en los sitios de Internet.

A su vez, el Protocolo para Actividades Educativas Remotas tiene como espíritu determinar las pautas necesarias para asegurar una comunicación adecuada entre los estudiantes menores de 18 años, sus familias y docentes en la realización de actividades educativas remotas. Estos ambientes digitales son una herramienta que apunta a la continuidad de los procesos de enseñanza y aprendizaje, al acompañamiento de las trayectorias escolares, el encuentro entre compañeros y el acceso a las propuestas didácticas de los contenidos priorizados para este período excepcional. Determina que los docentes deben informar el cronograma de actividades educativas planificadas. Todos los adultos (familias, docentes y directivos), por su parte, deben realizar su contribución para el logro de una comunicación fluida y fortalecimiento de lazos entre la institución educativa y las familias.

Como condiciones para la comunicación, la norma establece que cada alumno y alumna debe contar con un adulto/a responsable para intermediar con los equipos de conducción y profesores brindando fehacientemente sus datos personales (incluyendo una dirección electrónica) a las autoridades educativas. Asimismo, determina el uso por parte de los docentes de las cuentas educativas oficiales con dominio “@bue.edu.ar”.

Con respecto a las reglas para la convivencia, enfatiza el respeto a los horarios establecidos por las instituciones educativas para el desarrollo de las actividades, la utilización del nombre y apellido real para la creación de cada usuario, la intransferibilidad de las claves de acceso y la verificación de las herramientas de seguridad (filtros) en netbooks y celulares para evitar el acceso a contenidos inapropiados. Los directivos y maestros deben brindar tutoriales para la realización de las actividades educativas remotas, planificar semanalmente las propuestas para cada espacio curricular y el tiempo de duración de cada una de ellas, como así también el día en que se realizarán, ofrecer espacios para consultas, evitar publicar el enlace de las videoconferencias en las redes sociales o blogs, verificar quiénes son los participantes de las mismas, asegurarse que el docente tenga el control de la clase y la existencia de un colaborador.

Para la realización de videoconferencias sincrónicas (en tiempo real) los maestros deberán acceder a las aplicaciones previo al inicio de la actividad a fin de comprobar su funcionamiento, establecer pautas claras sobre el uso del micrófono y toma de la palabra, ser cuidadosos al compartir pantalla recordando que se trata de un ámbito educativo y anular el espacio virtual al finalizar. Los adultos responsables deben propiciar la autonomía progresiva de los estudiantes, acompañarlos en su proceso de aprendizaje, promover la realización y el cumplimiento con las actividades e informar a los equipos de conducción sobre alguna irregularidad percibida. Tanto docentes como familias deben evitar comunicarse fuera de los horarios establecidos.

El espacio remoto es una opción pedagógica diferente que está siendo recién conocida e implementada por toda la comunidad educativa, por lo tanto requiere de gran responsabilidad y compromiso. Es importante recordar que acorta distancias pero no suplanta el andamiaje que brinda el docente en la presencialidad ni se establecen los intercambios de diálogos que habilitan los aprendizajes.

(*) Aichino es licenciada en Educación y directora de la Escuela 4 D.E. 20 “Félix de Olazábal”, de Lisandro de la Torre y Ramón Falcón.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *