Periódico zonal del Barrio de Liniers para la Comuna 9
April 26, 2024 7:40 am
Cosas de Barrio

La puñalada que reabrió el debate

El asesinato del policía que intentó reducir a un hombre con una cuchilla vuelve a poner sobre el tapete el eventual uso de las pistolas Taser

Como en ediciones anteriores, el licenciado en Seguridad Alberto Meni Battaglia, comisario inspector retirado de la Policía Federal Argentina y ex gerente de Seguridad de Brinks Argentina, vuelve a aportar en esta columna su mirada sobre la problemática de la inseguridad. En esta ocasión ofrece su parecer sobre el asesinato del policía que fue apuñalado en Palermo. Meni Battaglia es además profesor de Eje del Derecho y de Derecho Administrativo en la Escuela de Cadetes de la Federal, Juan Ángel Pirker.

Nuevamente hoy debemos ocuparnos de un hecho que enluta a toda la sociedad: la muerte del inspector de la Policía Federal Argentina, Juan Pablo Roldán. Una muerte perfectamente evitable de haberse aplicado los procedimientos que están vigentes en la institución, los cuales deben ser enseñados en todos los institutos federales de formación policial.

Estos procedimientos deben ser complementarios de lo dispuesto en el Artículo 34 del Código Penal, donde se habla de la “legítima defensa” y de la “legítima defensa privilegiada”.

A raíz de este hecho lamentable, volvió a ponerse sobre el tapete el tema de la compra y utilización de las pistolas Taser. Va de suyo que no estamos en contra, ni de la compra ni de la utilización, para nada, todo lo contrario, estamos totalmente a favor. Pero lo que me preocupa es el mientras tanto, o sea que se autorice su compra, su debida instrucción y posterior uso.

Evidentemente, si el inspector Roldán hubiera tenido a su disposición esa arma ahora no estaríamos lamentando su muerte y, en su caso, tampoco habría una nueva viuda llorándolo con un pequeño hijo esperando en vano que su padre regrese a casa para abrazarlo y besarlo como cada día.

Pero ¿Qué podemos ir haciendo con el “mientras tanto”? Básicamente acentuar profundamente el conocimiento del Artículo 34 del Código Penal, por medio de jurisprudencias y estudio de casos similares, para que el hombre atacado pueda utilizar correctamente la Taser sin temor a una persecución judicial posterior 

Intervención judicial que seguramente vendrá luego de su intervención en un hecho de similares características, pero con la tranquilidad de que su intervención con el arma que la sociedad le dio para defenderla de tantos lúmpenes sociales que vemos a nuestro alrededor, estuvo ajustada al procedimiento legal en vigencia. Que quede bien claro, todo dentro de la ley, sin tratar de burlarla, solamente cumpliéndola al pie de la letra. Sin embargo, es evidente que en la actualidad el personal policial tiene temor sobre una eventual persecución judicial, luego de haber usado –correctamente- su arma reglamentaria.

Claro que, seguramente, en la mente del inspector Roldán habrá pasado en una rápida película lo acontecido en el caso Chocobar, del cual en los próximos días sabremos el veredicto judicial sobre la actuación de este policía en el hecho de público conocimiento.

Queda claro que no podemos tener una Policía temerosa de actuar dentro de la ley, pero para eso resulta imprescindible conocer en detalle sus alcances, para recién entonces saber qué hacer o qué no hacer en situaciones similares de legítima defensa.

Para cerrar esta columna, quiero rendirle un homenaje al inspector Juan Pablo Roldán, héroe policial que habita juntamente a otros muchos camaradas el Olimpo de los héroes junto a Dios nuestro señor. Seguramente su ejemplo sirva para guiar a todas las generaciones futuras de nuestra Policía Federal Argentina.

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